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PRL

Formación en PRL

La PRL consiste en un conjunto de medidas y actividades que se realizan en las empresas para detectar las situaciones de riesgo e implementar las medidas necesarias para eliminarlas o minimizar sus efectos.

Según el IV Convenio Colectivo Estatal de la Industria, la Tecnología y los Servicios del Sector del Metal (CEM), todas las empresas del sector del metal están obligadas a ofrecer una formación mínima en materia de Prevención de Riesgos Laborales a sus trabajadores. Los antecedentes de este convenio se remontan al Acuerdo Estatal del Sector del Metal del año 2010.

¿Qué indica el convenio?

El convenio, en sus capítulos XVI y XVII, delimita las normas mínimas en materia de prevención de riesgos laborales. Se establece que la protección de la seguridad y la salud de las personas trabajadoras constituye un objetivo básico y prioritario del sector del metal. Por esta razón, la empresa deberá garantizar la seguridad y la salud de las personas trabajadoras a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo.

Esta obligación se materializa a través de la adopción de las medidas necesarias en materia de evaluación de riesgos, planificación de la actividad preventiva, información, consulta, participación y formación de las personas trabajadoras, actuación en casos de emergencia y de riesgo grave e inminente, vigilancia de la salud y la provisión de un servicio de prevención.

Asimismo, serán prioritarias la promoción e intensificación de acciones organizativas, formativas e informativas de carácter preventivo que permitan a las personas trabajadoras adaptarse a los cambios organizativos inherentes a las nuevas tecnologías.

En concreto, esto queda especificado en los artículos 88-89 del Convenio:

Artículo 88. Formación. En este apartado se detalla que, con el objetivo de reducir la siniestralidad y potenciar la cultura preventiva en los lugares de trabajo, de acuerdo con el artículo 2.2 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, y el artículo 4.2 del Estatuto de los Trabajadores, se acuerda establecer una formación mínima obligatoria en materia de prevención de riesgos laborales para todas las personas trabajadoras del Sector del Metal.

Artículo 89. Formación mínima en prevención de riesgos laborales. Se dispone que el desarrollo y la gestión de los programas formativos y contenidos de PRL para las personas trabajadoras del sector del metal deben estar homologados por la Fundación del Metal para la Formación (FMF). Toda formación en materia de prevención de riesgos laborales que no esté homologada por la FMF no será válida para las personas trabajadoras del sector del metal.

Homologados
por la FMF

La Federación de Empresarios Metalúrgicos de Lleida es uno de los centros homologados para impartir la formación, tanto para empresas del metal que trabajan en obras de construcción (TPC) como para las que no (TPM).

  • Formación del Primer Ciclo: Nivel Inicial (8 horas). Formación básica inicial en prevención de riesgos laborales.

  • Formación del Segundo Ciclo (20 horas). Formación específica según el puesto de trabajo.

    • Se describen 13 oficios en función de la actividad principal que desempeña la persona.
    • Incluye una formación adicional de 6 horas para un segundo puesto.
  • Formación para Directivos de las Empresas (10 horas)

  • Formación para Responsables y Técnicos de Ejecución de la Actividad (20 horas)

  • Formación para Mandos Intermedios (20 horas)

  • Formación para Delegados de Prevención (50 horas)

  • Formación para Administrativos (20 horas)

  • Formación de Reciclaje (4 horas cada 4 años)

  • Formación para Directivos de Empresa (6 horas)

  • Formación para Personal de Oficina (6 horas)

  • Formación para Áreas de Producción y/o Mantenimiento (20 horas). Formación específica según la actividad principal desempeñada, con 32 oficios descritos en función del puesto de trabajo.

  • Formación en Segundos Oficios (8 horas)

  • Formación para Personas con Funciones Preventivas de Nivel Básico (50 horas)

  • Formación de Reciclaje (4 horas cada 4 años)

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